LENGUAS PROPIAS DE ARAGÓN
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En cuatro ocasiones, el artículo siete de nuestro Estatuto
de Autonomía recientemente modificado, habla de las lenguas o modalidades lingüísticas
como PROPIAS de Aragón. Este énfasis en señalar que son nuestras y de exclusiva
propiedad y competencia tiene dos vertientes al menos. Son lenguas propias de Aragón y por lo tanto
sujeto de protección, todas las formas y variantes que se han desarrollado en
nuestro territorio histórico desde tiempos inmemoriales. No son lenguas propias
de Aragón, aquellas que han llegado a nuestra comunidad por diferentes
vicisitudes históricas, voluntarias o impuestas. Así pues, no son propias de
Aragón ni el castellano ni el catalán. Si aceptamos el castellano y el catalán
como lenguas propias de Aragón, habrían de
ser consideradas objeto de protección y por los tanto tendríamos que repartir
las ayudas destinadas a este capítulo entre todas las lenguas que se hablan en
Aragón. Cualquier asociación en defensa de la lengua castellana debería ser
subvencionada por el Gobierno de Aragón. De igual manera, cualquier otra lengua
minoritaria (caló, por ejemplo) pasaría a ser propia y a tener apoyo económico
de nuestro Gobierno. El inglés, hablado en amplios grupos sociales y lengua
vehicular en muchos colegios pasaría a ser propia y a ser, también, objeto de
protección.
Queda pues claro que la expresión PROPIA se refiere sólo y exclusivamente
a las hablas minoritarias de nuestra comunidad, en tanto que son exclusivas de
aquí. De ahí que los legisladores pongan el acento en esta peculiaridad:
PROPIAS DE ARAGÓN.
Son lenguas o modalidades lingüísticas de exclusiva
competencia de Aragón y nuestra Comunidad Autónoma tiene el derecho intransferible
de su tutela, cuidado y promoción. Es una competencia que está fuera de la
Constitución (salvo para su protección) y en la cual, ni el Tribunal Constitucional puede intervenir,
porque no afecta NI ESTÁ EN CONFRONTACIÓN con nada que esté fuera de nuestro territorio.
La última Ley de Lenguas de Aragón respeta con escrupulosidad el articulado de nuestro Estatuto de Autonomía y lo hace al 100%. También pudiera suceder que algunos diputados ni se lo hayan leído, por ello lo ponemos aquí abajo:
La última Ley de Lenguas de Aragón respeta con escrupulosidad el articulado de nuestro Estatuto de Autonomía y lo hace al 100%. También pudiera suceder que algunos diputados ni se lo hayan leído, por ello lo ponemos aquí abajo:
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PRIMER ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ARAGÓN
Artículo 7.- Las diversas modalidades lingüísticas de Aragón gozarán de protección, como elementos integrantes de su patrimonio cultural e histórico.
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ÚLTIMA REFORMA DEL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE ARAGÓN
Artículo 7.— Lenguas
y modalidades lingüísticas propias.
1. Las lenguas y
modalidades lingüísticas propias de Aragón constituyen una de las
manifestaciones más destacadas del patrimonio histórico y cultural aragonés y un valor
social de respeto, convivencia y entendimiento.
2. Una ley de las
Cortes de Aragón establecerá las zonas de uso predominante de las lenguas y
modalidades propias de Aragón, regulará el régimen jurídico, los
derechos de utilización de los hablantes de esos territorios, promoverá la
protección, recuperación, enseñanza, promoción y difusión del
patrimonio lingüístico de Aragón, y favorecerá, en las zonas de utilización
predominante, el uso de las lenguas propias en las relaciones de los ciudadanos con
las Administraciones públicas aragonesas.