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viernes, 6 de mayo de 2016

Mayo2016/Miscelánea. LAS CABAÑAS Y UNA SOMERA VISIÓN DEL VIEJO SISTEMA ADMINISTRATIVO PROVINCIAL

TÉRMINOS MUNICIPALES, PAGOS Y CABAÑAS
En la Constitución de 1812 promulgada en Cádiz el día de San José (19 de marzo) queda diseñada la arquitectura administrativa y centralizada que tendrá España en los siglos venideros. El desarrollo orgánico de los principios en ella plasmados serán largos en el tiempo y muchas veces faltos de linealidad o de continuidad. Así, hasta 1833, con el decreto de Javier de Burgos fechado el 30 de noviembre, todavía no se habían definido el número (de provincias) ni los límites provinciales. En esta ocasión, también, se da la orden para constituir Ayuntamientos en cada población, cosa que se efectuará en los años siguientes. Desde entonces los Ayuntamientos van tomando poder y competencias. Para mitad del siglo XIX y, ya con la Ley Moyano en marcha, se les encarga la tarea de la Instrucción Primaria.
Pero cuando el Ayuntamiento toma verdaderamente poder es con el “deslinde” y “amojonamiento” de su término municipal. Desde entonces el poder municipal tendrá la capacidad de actuar en todo su territorio como si de un miniestado se tratara. Sabemos que el deslinde (oficial) de cada término municipal se hace a finales del siglo XIX:
“Primer deslinde del Instituto Geográfico.
En las últimas décadas del siglo XIX y primeras del XX el IGN (antiguo Instituto Geográfico y Estadístico, IGE e Instituto Geográfico Catastral, IGC) realizó un importante esfuerzo para determinar el límite entre todos los municipios existentes en España. Se llegaron a realizar los deslindes oficiales de los municipios españoles; siendo, no tan solo deslindados, sino también amojonados.”
Otro de los problemas que plantea la nueva administración municipal será la de su financiación. Ésta se realiza, en principio, con el producto de las "rentas de bienes propios" y el resto por reparto vecinal. Y precisamente ésta fue una de las causas de la deficiente dotación de la escuela primaria, entonces, a cargo de los Ayuntamientos.
Pero, también es tardía la figura del Presidente de la Diputación Provincial. Esto sucederá con la promulgación del Estatuto Provincial: “En el Estatuto Provincial de 1925 los diputados provinciales directos constituían la Comisión Permanente y, junto a los corporativos, el Pleno. El gobernador civil puede permanecer en los debates pero no cuenta con voz ni voto, por su parte el presidente asume la capacidad de convocar, presidir, suspender y levantar las  sesiones, pudiendo su voto dirimir los empates.”
Como puede verse, el Gobernador Civil o Jefe Político Superior, ha ido perdiendo poder a lo largo de este tiempo que nace en la Constitución de Cádiz,1812 (en la actualidad Subdelegado del Gobierno). Pero, desde un principio, el de Jefe Político Superior fue el nombre que se le asignó al más alto funcionario en cada una de las provincias en que quedó dividida España. Esto fue así, tanto en Europa, como en "ultramar". De esta forma los viejos virreinatos fueros disueltos y en cada provincia se estableció un Jefe Político Superior y una Diputación Provincial de siete miembros elegidos por sufragio directo. A su vez la provincia se dividía en "partidos" y en cada uno de esos partidos un Jefe Político Subalterno.
Otro de los instrumentos que desarrolla la administración del Estado son los catastros. Una labor de mucho esfuerzo y a la vez de mucho interés para el buen gobierno de un territorio.
Los términos municipales se dividen aleatoriamente en “pagos”, que no son otra cosa que, una manera de nombrar a un grupo de  fincas situadas en un lugar determinado del término municipal: Los Albares, Las Suertes, Los Hortales, El Quiñón, Los Bolages, Las Quinchas, Los Aliagares, Las Ventas,  La Dehesa, Las Ledañas…  
En lugares determinados se sitúan dos tipos de construcciones: las parideras y las cabañas. En las parideras se encierra el ganado durante el verano y, las cabañas, que son las construcciones de las que hoy tratamos,  sirven de cobijo al labrador en sus tareas agrícolas. Las cabañas son pequeños edificios de planta, generalmente cuadrangular, hechos con los materiales propios de la zona. En nuestra provincia tienen merito y han sido destacadas las construcciones hechas a base de “PIEDRA SECA”. Algunas de estas construcciones son verdaderas obras de arte y aparecen en los municipios donde abunda la laja. Se trata de una piedra que aparece en canteras en forma de losas planas. Son magnificas las cabañas construidas en La Iglesuela del Cid y de las que dejamos aquí abajo un ejemplo. La cabaña permitía al agricultor hacer la comida en el campo, evitar la lluvia, el viento y ahorrarse el trajín de marchar hasta el pueblo. Estamos hablando de aquellos tiempos en que se hacía el trayecto andando o en mulo y, cuando, las distancias eran considerables.
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En un cornejal o junto a un camino es buen sitio para construir una cabaña.
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Muchas de las cabañas se están perdiendo
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La Iglesuela del Cid
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