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miércoles, 9 de marzo de 2022

Marzo2022/Miscelánea. ADCRITA /ADSCRITA A ARAGÓN

“ADCRITA”

Todo comenzó por culpa de una errata. Paseaba por la avda. José Torán cuando observé el cartel anunciador que, a consecuencia de unas obras, se había colocado en la confluencia con la calle de Fernando Hue. A la palabra le faltaba un “S”. Busqué en el diccionario y, efectivamente, lo correcto hubiera sido escribir ADSCRITA.  Pero, seguidamente recordé que en la historia moderna de Aragón, hubo un tiempo que el Reino de Aragón tuvo una policía “propia” y no una “adscrita” como ahora.  Una síntesis de esta Guardia de Aragón lo transcribo aquí  de la GEA, esa enciclopedia que hizo mi amigo Eloy Fernández Clemente y que le ha dado tan justa fama. También hubo un tiempo que escribí a las Cortes de Aragón reclamando una policía autónoma propia y no adscrita como la actual (ni caso). No somos más que catalanes y vascos, pero tampoco menos. Pero estas, como tantas otras cosas, se frustraron por el “bajo perfil” del nacionalismo aragonés. PAR  y CHA son dos dóciles mascotas a los pies de Lambán. Y, quizás por ello, hay quien aplaude la creación ya en curso de una ley de protección de las mascotas y otros animales (políticos) domésticos.

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ADSCRITA

La Unidad del Cuerpo Nacional de Policía adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón es una unidad de Policía que pertenece orgánicamente al Cuerpo Nacional de Policía de España y que está asignada a la Comunidad Autónoma de Aragón. No es por lo tanto una Policía autonómica tal como son los casos de los Mozos de Escuadra, la Ertzaintza, la Policía Foral de Navarra o la Policía Canaria. Entró en funcionamiento en mayo de 2005.

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GUARDIA DEL REINO

 Texto GEA 2000

(Hist. Mod.) Organismo dependiente de los diputados aragoneses cuya misión esencial consistía en preservar la paz y el orden público. El incremento de la delincuencia, robos, homicidios y de todo tipo de delitos observado a mediados del siglo XVI movió a las autoridades a crear este cuerpo de vigilancia. Fundado en 1568, será a partir de 1572 cuando alcance su conformación definitiva.

El excesivo costo de su mantenimiento y la incapacidad para hacer frente a todos los objetivos inicialmente propuestos llevaron a los diputados a limitar su acción, reducida en esencia a mantener expeditas las más importantes rutas comerciales del reino. Atención especial merecieron los caminos que conducían a Francia por Canfranc y al Principado de Cataluña por los Monegros. La vigilancia se ejercía de manera más intensa en aquellos lugares que ofrecían mayor peligro. Los miembros de la Guarda, formada por infantes y jinetes, residían en presidios, teniendo en teoría limitados sus contactos con la población civil. Los presidios de mayor importancia fueron los de Jaca y Fraga. Hubo otros en Bujaraloz, Zuera, Alcubierre, Tamarite de Litera, etc.

La tropa tuvo en ocasiones graves faltas de disciplina: connivencias con bandoleros, conflictos con la población civil, progresivo abandono de sus cometidos; sin embargo, el mayor defecto residía en el absentismo. Era muy frecuente que oficiales y soldados estuvieran beneficiándose de una plaza en una de las guarniciones y residieran en la capital del reino, ejerciendo otra profesión. Ello movió a los diputados a arbitrar unas normas disciplinarias mucho más rígidas, a fin de lograr una mayor eficacia en las acciones de la Guardia.

Además de la vigilancia de los caminos, la Guardia del Reino tenía encomendadas en ocasiones misiones de carácter especial: acompañar al gobernador de Aragón en las salidas que éste hacia por el reino en persecución de bandas de delincuentes; proporcionar escolta al monarca o a personajes importantes a su paso por territorio aragonés; proteger el tránsito de las remesas de moneda enviadas a Cataluña, etc. A pesar de los problemas de indisciplina, en líneas generales la Guardia del Reino permitió con su actuación que los intercambios comerciales, amenazados por el incremento de la delincuencia, pudieran continuar realizándose.

A partir de las Cortes de 1592, celebradas en Tarazona, la Guardia del Reino, que continuaría siendo sufragada por los diputados, pasó a depender directamente del monarca, quien se encargaría de nombrar las personas que debían formar parte del organismo. En el siglo XVII, aunque en teoría la misión de la Guarda no sufrió modificación alguna, el sentido del cargo decayó. Sus integrantes, más que ejercer una función, lo eran en pago de servicios prestados a la monarquía.

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