La llamada popularmente "Costanilla de San Pedro", da acceso a la Judería.
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TERUEL JUDIO
Por Miguel Ángel Motis Dolader
Comunidad próspera bajo el dominio musulmán, no verá sensiblemente alterado el panorama tras la reconquista en 1171. Como declara taxativamente el fuero de 1176, los judíos son propiedad del rey y pertenecen a su Patrimonio. Son, como afirman gráficamente en otros documentos “sus cofres”.
En 1321 son implicados en el emponzoñamiento del agua potable de la ciudad. Con motivo de la peste negra – se aprecia una tasa de mortalidad entre el 8 y el 30%- multitud de inmuebles son ocupados por los parientes de los premuertos abintestados. Para evitar los daños que producía la ruptura en la línea sucesoria patrimonial se consideran legítimos los testamentos otorgados durante la peste sin que recaigan sobre los deudores nuevos conceptos tributarios. La aljama obtendrá una moratoria de tres años para ponerse al corriente de sus débitos con le fisco.
A partir de 1392, al extenderse los conflictos por Aragón, los judíos turolenses se quejaron al rey de que los campesinos de los alrededores se habían vuelto arrogantes y habían comenzado a ultrajarlos, negándose a amortizar sus deudas. El monarca, el 17 de enero de aquel año, les colocaba bajo su protección especial como hiciera con los de Albarracín.
La judería se segregó de la cristiandad por deseo expreso de Vicente Ferrer. Como es bien conocido, uno de los puntos que vindicaba en su programa consistía en evitar todo contacto entre los neobaptizados y sus antiguos correligionarios y familiares para no incurrir en una recaída. El aislamiento, por otro lado, de cara a los propios judíos les haría recapacitar sobre la falsedad de sus creencias.
En diciembre de 1412 presionó a los jurados para que aprobaran las ordenaciones de apartamiento de los judíos, lo que generó numerosas dificultades tácticas porque hasta entonces no había habido necesidad de estas medidas. El espacio asignado se extendía por las calles de la judería, Valcaliente, Fontana, Comadre, Ainsas y el segundo tramo de Hartzembusch. El muro que se levantó al efecto contaba con tres puertas: la que se abría en la callejuela que iba de San Pedro a la Alcaicería, en la calle de San Pedro y el la calle de Ainsas.
La conversión se dejó sentir entre las clases más acaudaladas –las clases aristocráticas vinculadas con actividades mercantiles-. De estos años data la unción de los Najarí, que abrazarán el cristianismo bajo los apellidos Gil Roiz y Sánchez. En recompensa reciben del rey la exención de impuestos y guiajes de libre circulación por el reino.
El destierro de los judíos creará problemas de despoblación y salubridad pública en las antiguas juderías. La degradación del hábitat se intentará paliar a través de incentivos fiscales eximiendo de la pecha por un espacio de 10 años a todo aquél que repoblara el barrio judío.
La ciudad cuenta, al menos, con dos edificios –la sinagoga mayor y la menor- además de algunos oratorios bajo el patrocinio de particulares. El año 1387 se expide la licencia de construcción de una de sus sinagogas que precisará, en el primer tercio del siglo XV, de numerosas reparaciones, dada la pobreza de materiales de sus elementos sustentantes (madera y tapial). En 1437 se expedirá una nueva licencia para realizar oportunas obras de consolidación.
Con motivo de las obras de cimentación de un edificio que iba a ser levantado en el emplazamiento del lugar conocido tradicionalmente como “la casa del judío”, en la confluencia de la calle Ambeles con la plaza de la judería, se originó un considerable socavón en el centro de dicha plaza, quedando al descubierto las trazas de unas arquerías apeadas en pilares y una columna aislada, por debajo del actual nivel del suelo.
Fruto de excavaciones posteriores, se exhumaron restos de varias viviendas de pequeñas dimensiones muy deterioradas. Entre otras piezas se identificó una hanukkiyyá en cerámica turolense –con su decoración de barnices y colores característicos- compuesta por ocho candilejas, una junto a otra, ya que nunca debían encenderse dos mechas en una misma candileta. A su vez una novena candileta servía como depósito de aceite para tomar luz en los ocho días festivos más destacados. Su cronología se sitúa entre el siglo XIII y el XIV. Estas lamparillas se encendían en las fiestas de las luces –Hannukkah- celebrada en torno al mes de diciembre –kislev- rememorando en su origen la revuelta hasmodea que tuvo lugar el año 165 AC.
Aunque en principio se pone en duda que se trate de la sinagoga, alegando que los pilares y arquerías se encuentran por debajo del nivel del suelo de l aplaza, estos elementos sustentantes pueden formar parte de la planta subterránea o unas dependencias fuera de uso. Por otro lado, el nivel actual de l aplaza es superior al que existiría en la época en que estuviera en uso. Lo que si parece colegirse de su configuración tectónica es que se trata de un edificio público.
La necrópolis -excavada en 1925 con motivo del trazado de la carretera de Alcañiz- se encaramaba en la planicie amesetada circundante, con numerosos abarrancamientos, que dominaba en su sector NE –llamada de Santa Lucía- a la que se llegaba tras atravesar el barranco de las Cuevas que discurre entre el Arrabal y bajo los Arcos y une la rambla de San Julián con la salida de la ciudad por el convento de San Francisco.
El tipo más frecuente de enterramientos es el ataúd de forma trapezoidal, atestiguado gracias a los restos de madera y clavos de hierro con cabeza de pestaña y sección cuadrada –de algo más de 10 cm.-, para ensamblar el armazón. Tienen una longitud total media de 2,30 ms. No se aprecian lacas de protección, hallándose muy extendida la variante de una piedra tallada en forma prismática anepigráfica, para indicar el emplazamiento exacto del enterramiento.
Entre los restos del ajuar se exhumaron anillos y sortijas de oro y plata de chatón con grabados y leyendas, alfileres en bronce, placas circulares de plata o colgantes con decoración geométrica, cuentas de collar de azabache labradas en círculos concéntricos. Destaquemos los motivos ornamentales florales y heráldicos -castillos almenados de tres torres- de los anillos en cuyo chatón se graban. Fueron hallados también restos cerámicos del tipo “juaguete”, “verdete y manecía” y “xafre” con decoraciones florales y geométricas. Los alfileres entre las mujeres son empleados para sujetar los moños mientras que los hombres los utilizan para ceñirse el sudario.
La rendición de la ciudad impuesta por la fuerza de las armas del rey Fernando el Católico, que ponía fin a una férrea oposición a la implantación de la Inquisición, impuesta por el soberano, trajo consigo, entre otras consecuencias, la celebración del primer Auto de fe, celebrado, el 30 de agosto de 1485, en la plaza de Santa María. Concluida la lectura de los procesos y sumario de pruebas testificales, hecho el sermón y publicada la sentencia por el juez ordinario “fueron quemados en la dicha plaça y los bienes confiscados al Senyor Rey y fechos inhábiles los fijos en segundo grado y las fijas en primero; y esto por ser absentes y reputados por contumaces”. Como se deriva fácilmente del texto, las víctimas fueron incineradas en estatuas –en efigie- ya que los inculpados se habían dado a la fuga, presos del pánico.
En 1271 y 1304 tributan entre un 2 y un 7% -un 5% de media- con respecto a las 16 aljamas de realengo registradas, lo que se traduce entre 1.000 y 3.113 sueldos. En estos momentos puede contar con unas 45 familias. Según FLORIANO, el número de expulsos se elevó a 200.
El tributo de la “cena”, en 1327 se eleva a 100 sueldos, por encima de Daroca, Jaca, Tarazona y Alagón pero por debajo de Barbastro, Huesca y Zaragoza. Triple cantidad se hacía efectiva a comienzos del siglo XV con motivo de la cena de ausencia, siendo junto con Zaragoza, Huesca, Tarazona y Ruesta las que figuran como pagadoras de este concepto.
Los judíos pecheros, como hemos visto en otras ciudades, se dividen en tres manos o brazos: la mayor, menor y media.
A la cabeza de la instancia ejecutiva y de gobierno se sitúan los adelantados o mukdamin, Poseen también tribunales de justicia integrados por dayyamin a pesar de que los primeros también instruían causas. Según el fuero, el alhedinus, en pleitos mixtos entre judíos y cristianos, se ocupa de la ejecución de los judíos, les cobra las multas y representa sus intereses frente a los cristianos, lo mismo que el juez desempeña todas estas funciones con los cristianos.
Tras la jura y promulgación del Privilegio General de la Unión, en 1283, los judíos turolenses se alejarán del poder político: “pidem merce a senyor Rey que en Teruel ne en sus aldeyas algun jodio por baylle no les sea dado” y “que las alfondegas contra lurs fueros fechas por el senyor Rey o de mandamiento d´ell por los judios oficiales suyos, que fazian alli posar forciblemente, demandan aquella seer dessechas”.
La aljama aprobó una ordenación por la que requería que toda la documentación legal debía ser refrendada por un notario comunitario y signado por él o su diputado y en presencia de testigos. Cualquier documento que no tuviera estos requisitos formales y jurídicos era declarado ilegal, y aquella persona no autorizada que lo hubiera expedido se exponía a una sanción de 20 zehubin y niddui de un año de duración.
Los artículos mercados y objetos de comercio vendidos en los puestos de la alcaicería, cuyos puntos de venta les habían sido arrendados por el rey, gozaban de una franquicia especial. Según el Fuero, las propiedades de los judíos que se encuentran en ella no pueden ser embargadas y, en virtud de una ley de Jaime I, el propietario judío de una tienda de la alcaicería está exento de la obligación de tener que responsabilizarse de la acusación por robo respecto a un objeto adquirido en tales tiendas.
Ya de antiguo, la población judía se benefició de los contratos de abastecimiento de los ejércitos cristianos que luchaban por conquistar Valencia. El Fuero incorporó la carta de usuris para evitar abusos: “que el logro non debe creçer si no el duplo al cabo del anyo” o, dicho de otro modo, a razón de 4 dineros por libra mensualmente.
En las tres semanas de feria anual que se seguía tras la festividad de San Bartolomé –según reza un privilegio de Pedro IV dado el 15 de septiembre de 1383- y en que existía exención de peaje, lezda y pontaje, la presencia israelita era determinante.
El vino judío –blanco y tinto- “se faze bueno e perfecto e mas maduro” que las restantes calidades comercializadas en el mercado, de ahí que los cristianos, religiosos y capellanes de Teruel lo demandaran y consumieran. Recordemos que tras la vendimia los judíos han de pisar las uvas y “adreçar” el vino, encubarlo y custodiarlo bajo llave en la bodega, sin que intervenga en su elaboración ningún gentil. El vino es un complemento calórico indispensable en la dieta. Son advertidos en numerosas ocasiones de que han de cosechar el vino que produzcan sus propias heredades. Su producción se limitó a 1.200 cántaros anuales.
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Plaza de la judería, actualmente.
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Reproducción de una hanukkiyyá.
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La misma pieza vista en diferentes posiciones.
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Típica calle de la judería turolense.
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