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domingo, 2 de diciembre de 2018

Abiento2018/Miszelania. EL CUMPLEAÑOS DE GUILLERMO

Dos de diciembre de 2018
Teruel
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Diciembre2018/Miscelánea. LOS PUEBLOS DE TERUEL DESVERTEBRADOS (CONCIENCIACIÓN Y LUCHA)

LAS COMUNICACIONES Y TERUEL
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Desde la época del Imperio Romano en que se construyó la vía Cesaraugusta-Laminio, hasta el año 2008, en el que la autovía A-23 pone en comunicación Sagunto con Zaragoza pasando por Teruel, la provincia ha sido un páramo en lo que respecta a las comunicaciones. Última capital de provincia a la que llega el ferrocarril en 1901 y, última provincia, a la que llega un metro de autovía. Teruel ha sido buena para el Estado a la hora de aprovecharse de sus recursos naturales: hierro, carbón, ganadería, forestal… pero un territorio olvidado a la hora de las comunicaciones y el desarrollo.
De lo que se promete poco o nada se hace y ahora estamos pendientes del corredor Cantábrico-Mediterráneo cuya fecha de inicio está aplazada sine díe. Tampoco el Gobierno de Aragón ayuda mucho, más bien entorpece y Lambán, su presidente, no va a una manifestación “ni arrastras”. Al parecer priman los intereses de la zaragozana PLA-ZA frente a la escuálida, pobre y alejada, Teruel.
Teruel tiene pendiente, en el asunto de las comunicaciones:¡TODO! Y, sin comunicaciones, no hay desarrollo, ni hay futuro.
Para empezar, hay que vertebrar toda la provincia mediante autovías. Sobre todo, la red de autovías tiene que llegar a Alcañiz y a Montalbán de tal manera que rompamos el maleficio del abandono secular del centro de la provincia, de las Cuencas Mineras. Ahora que se cierra la térmica de Andorra, una compensación debería estar en las comunicaciones: “no le des un pez, enséñale a pescar”.
Si en el tema de las autovías, solamente tenemos una y bastante bacheada (mal recuerdo de  Álvarez Cascos), en el tema del ferrocarril estamos peor, ya que estamos parcheando, tarde y mal, un trazado ferroviario obsoleto que no puede superar la velocidad de los 75 kilómetros por hora en todo el tramo Teruel-Sagunto.
El tercer punto de las comunicaciones está en la fibra óptica, ese “cablecico” que te lleva la comunicación de forma rápida y segura a cualquier parte del mundo. Ejemplo de esto es Castelserás, que vende por Internet a cualquier parte del planeta. En este asunto estamos con un mapa provincial en negro, un pozo oscuro. Sabemos de las promesas pero no de las realizaciones y seguro que, aquí, en este asunto vital, también somos los últimos en llagar al banquete de bodas.
La sociedad turolense debería estar permanentemente en lucha por estas y otras necesidades, muy básicas, que ahora dejamos en el tintero y sin las cuales no es posible remontar el drama de la despoblación. De la concienciación y de la lucha (a pesar del abandono de los poderes autonómicos) depende nuestro futuro y el fin de nuestro secular abandono.
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sábado, 1 de diciembre de 2018

Diciembre2018/Miscelánea. ARAGONESES: CONSTITUCIÓN O MUERTE (GRITO REVOLUCIONARIO)

CONSTITUCIÓN O MUERTE / INDEPENDENCIA O MUERTE / PATRIA O MUERTE
(Las tres frases son expresión de la radicalidad de las revoluciones románticas.)
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Constitución o muerte” es una expresión netamente popular y revolucionaria nacida en las entrañas del pueblo español durante las luchas e intrigas del Trienio Liberal. Aparece por primera vez en letra impresa el día, 16 de diciembre de 1821, en el Diario Constitucional de Zaragoza.
La frase tuvo éxito y continuidad histórica (no probada) pero, ciertamente por ello, hay que referirse a José Martí (1853-1895) líder  y padre de la independencia cubana. José Martí permaneció en Zaragoza durante los años 1873 y 1874. Pero no deja de resultar curioso que la expresión popular y revolucionaria aparezca con motivo de la lucha por la independencia cubana en la forma: “Independencia o muerte”. Toda vez que sabemos como el cubano supo asimilar la idiosincrasia aragonesa: “Estimo a quien de un revés /  echa por tierra a un tirano: /  lo estimo, si es un cubano; /  lo estimo, si aragonés.” Y esta otra estrofa no menos significativa: “Para Aragón, en España, / tengo yo en mi corazón / un lugar todo Aragón, / franco, fiero, fiel, sin saña.”
La frase se toma su tiempo y vuelve a aparecer en las palabras de Fidel Castro con la expresión ahora de: “Patria o muerte.” Dice el diario “Público” según crónica de EFE: "¡Patria o muerte!". La frase forma parte de un discurso para el funeral por el centenar de víctimas de la explosión del barco francés "La Coubre", el 5 de marzo de 1960. Desde entonces se convierte en una de las habituales frases en el cierre de sus alocuciones.”
Es sin duda, la frase mil veces repetida del líder comunista cubano, la que ha tenido más eco popular. La frase plantea una disyuntiva radical que refleja el espíritu romántico de este tipo de revoluciones. Recordar que con el romanticismo nacen las revoluciones de la Edad Contemporánea. Las revoluciones que acaban con el antiguo régimen plantean también una gran deriva: Sobre las cenizas de esta sociedad decadente (monarquía absoluta), construiremos una nueva sociedad libre y feliz.
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Diciembre2018/Miscelánea. OCHENTA POR OCHENTA ES LA MEDIDA DE LA DESPOBLACIÓN

OCHENTA POR OCHENTA
(80X80)
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Se trata de muchos pueblos de Teruel. Pero, tal vez, he sido un poco exagerado. La mayoría de los pueblos despoblados y en los que no ha habido ni un solo nacimiento desde hace 40 años, los factores suelen ser  de 30x80, 20x80 y, muy a menudo, 12x80. El multiplicando es el número de habitantes y, el multiplicador, la edad de la mayoría de ellos, es decir, los que resisten y no se han ido a una residencia de la tercera edad.
Si durante el día invernal el aspecto del pueblo es desolador, ni un alma por la calle, durante la noche la cosa es terrorífica. Cada casa es un castillo. Se cierra la puerta con dos vueltas de llave y se bajan las persianas. El ocasional transeúnte observará que tampoco hay coches en las calles y que un cierzo frío atraviesa el aliento y corta la cara.
Los ladrones pueden hacer su trabajo sin que nadie les importune y, desde luego, no se roba más porque las casas poco tienen de valor en su interior. Los dueños que viven fuera dejan para el pueblo los muebles y los electrodomésticos que desechan de la ciudad, así que, si roban… poca pérdida.
A veces paseo por uno de estos  pueblos y la sensación es desoladora. Si tienes algún percance, nadie te abrirá la puerta. Pero, los del interior, siempre dejan una rendrijica en la persiana para observar lo que pasa fuera. Es una observación secreta cuyo contenido, si lo hubiere, jamás será revelada: lo mejor es no meterte en problemas. Así que, al silencio sepulcral de la calle se une el silencio interior de unas gentes que se desentienden de todo cuanto les rodea. No quieren problemas.
El viento sigue soplando en la noche invernal y, el viajero, sale del lugar sin que nadie le haya abierto la puerta ni haya tenido contacto con ser humano alguno.
Es el desierto, es la despoblación, es el final del camino. A las fiestas del verano hay bullicio y los jóvenes dicen querer mucho a su pueblo. Pero, a media noche, para mediados de febrero los querría ver allí. ¡ A ver que tal!
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Diciembre2018/Miscelánea. DICIEMBRE / ABIENTO UN MES LLENO DE CELEBRACIONES

LOS DÍAS MÁS SEÑALADOS DE DICIEMBRE
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Día 4, SANTA BÁRBARA (PATRONA DE LOS MINEROS). ENCENDIDO DE LAS LUCES NAVIDEÑAS EN TERUEL
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Día 6, 40 ANIVERSARIO DE LA CONSTITUCIÓN
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Día 7, COMIENZA LA FERIA DE LA TRUFA EN SARRIÓN
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Día 8, LA INMACULADA (FIESTA NACIONAL)
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Día 20, COMIENZAN LAS VACACIONES ESCOLARES DE NAVIDAD.
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Día 22, SORTEO DE LA LOTERÍA DE NAVIDAD.
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Día 24, NOCHEBUENA.
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Día 25, NAVIDAD
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Día 28, LOS INOCENTES
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Día 31, NOCHE VIEJA
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Diciembre2018/Miscelánea. ¡CONSTITUCIÓN O MUERTE!

"CONSTITUCIÓN O MUERTE El Trienio Liberal y los levantamientos realistas en Aragón (1820-1823"
Libro del alcañizano Pedro Rújula
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CONSTITUCIÓN O MUERTE
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A diferencia de Francia país en que lo revolucionarios guillotinan al rey, en España, desde el Estatuto de Bayona hasta nuestros días, la Constitución / las constituciones, han convivido con la monarquía, a veces, no sin serias dificultades. En cualquier caso, España en su conjunto, nunca ha sido regicida a pesar de que los reyes hayan tenido sus atentados y sus exilios. Hay muchos libros en los que el lector interesado puede informarse de la peculiar historia /pasión constitucional de los españoles en general y, de los aragoneses, en particular. Este libro de Pedro Rújula es importante, por ser este periodo 1820-1823, poco conocido y sí muchas veces ignorado interesadamente. Sin embargo, en el llamado Trienio Liberal se encuentran muchas de las claves de la historia contemporánea de España y de Aragón.
Es pues, éste, un libro que recomendamos vivamente para, después, poder analizar los “mítines” con los que estos días de conmemoración del 40 aniversario de la Constitución de 1978, nos “regalarán” los oídos, desde uno y otro lado del panorama político español.
PATRIA Y NACIÓN
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La llegada de la Edad Contemporánea con la aparición de las revoluciones románticas y la caída de las monarquías absolutas trae, además, dos conceptos todavía hoy, vigentes. El primero es la “puesta en valor” del concepto PATRIA (lugar donde nacieron nuestros padres). Lo grita en su proclama el alcalde de Móstoles: ¡ESPAÑOLES LA PATRIA ESTÁ EN PELIGRO! El segundo es el de NACIÓN como reunión de todo el pueblo y del que emana el poder, se le llamará SOBERANÍA POPULAR. A la Patria se le servirá obligatoriamente y gratuitamente. Los ejércitos serán de levas populares. La Nación es el concepto más querido y discutido, acunado en los brazos de los Liberales, no hay hoy opción política que no trate de hacerlo propio. Dos escuelas tratan sobre la NACIÓN. La “escuela francesa” que expresa que la Nación la constituye la voluntad manifiesta de los pueblos reunidos bajo unas mismas leyes: CONSTITUCIÓN, CARTA O ESTATUTO. Los pueblos alcanzan el estatus de NACIÓN  autodeterminándose. La otra escuela, es la “escuela alemana” que señala que, la Nación, es una construcción histórica, temporal, que va acumulando todo tipo saberes, rasgos culturales, heroicos, históricos, legendarios, costumbres, etc., etc. hasta formar un cuerpo común y diferenciado.

Diciembre2018/Miscelánea. FERIA DE LA TRUFA EN SARRIÓN, DÍAS 7, 8 Y 9 DE DICIEMBRE

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viernes, 30 de noviembre de 2018

Noviembre2018/Miscelánea. FELIPE VI (REY CONSTITUCIONAL)

Felipe VI, rey constitucional de España
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CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
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Título II. De la Corona
Artículo 56
El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.
Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.
La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65.2.
Artículo 57
La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don  Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.
El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España.
Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España.
Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes.

Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Artículo 58
La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.
Artículo 59
Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey y, en su defecto, el pariente mayor de edad más próximo a suceder en la Corona, según el orden establecido en la Constitución, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia y la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.
Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las Cortes Generales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor de edad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe heredero alcance la mayoría de edad.
Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales, y se compondrá de una, tres o cinco personas.
Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.
La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.
Artículo 60
Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de todo cargo o representación política.
Artículo 61
El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las Comunidades Autónomas.
El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de sus funciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.
Artículo 62
    Corresponde al Rey:
a) Sancionar y promulgar las leyes.
b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en los términos previstos en la Constitución.
c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos previstos en la Constitución.
e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.
f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y distinciones con arreglo a las leyes.
g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime oportuno, a petición del Presidente del Gobierno.
h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.
j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
Artículo 63
El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros en España están acreditados ante él.
Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por medio de tratados, de conformidad con la Constitución y las leyes.
Al Rey corresponde, previa autorización de las Cortes Generales, declarar la guerra y hacer la paz.
Artículo 64
Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso.
De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
Artículo 65
El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.
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Noviembre2018/Miscelánea. LOS TAMBORES DEL BAJO ARAGÓN DECLARADOS PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD POR LA UNESCO

La Tamborada del Bajo Aragón, declarada Patrimonio Inmaterial de la Humanidad por la Unesco
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Noviembre2018/Miscelánea. ¡VIVA LA CONSTITUCIÓN!


La autonomía aragonesa es un derecho que emana de la Constitución
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¡VIVA LA CONSTITUCIÓN!
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El periodo constitucional español alcanza desde el año 1808 hasta nuestros días. Actualmente llevamos andados ya, unos 210 años de constitucionalismo. Un periodo, para España, difícil en muchos aspectos. España, desde la llegada de la Edad Contemporánea (1808) ha liquidado su imperio colonial, a tratado de buscar la senda constitucional, ha sufrido crisis económicas y muchas… demasiadas, crisis políticas  con golpes de estado, pronunciamientos, etc., etc. Pero, sobre todo, España, ha sufrido cinco guerras civiles; las guerras coloniales de Asia, América y África. Mientras tanto, en el interior, no se encontraba sosiego y se buscaba afanosamente una Constitución que nos diera estabilidad. A tal efecto los intentos fueron numerosos y a veces con pocos años de diferencia, en alguna ocasión en tres años, hubo dos constituciones. Estas son las Constituciones, los Estatutos y los intentos de proclamar una Constitución en estos 210 años: 1808, 1812, 1834, 1837, 1845, 1852, 1856, 1869, 1873, 1876, 1929, 1931, 1945 y 1978. La actual Constitución española, la del año 1978, y con la que celebramos 40 años de estabilidad (solo perturbada por ETA y el independentismo) es la Constitución que ha dado en este periodo MÁS estabilidad y MÁS progreso a España en su conjunto.
Hay quién plantea, de nuevo, otra Constitución sin que ésta esté, en absoluto, obsoleta. Otros pretenden su reforma en profundidad para desnaturalizarla y, por fin, los hay más sensatos que proponen las reformas necesarias para que siga vigente  dando estabilidad al país.
En estos días se observa como los partidos de extrema izquierda (marxistas) atacan, bajo el pretexto de ciertas urnas, incontroladas e incontrolables, socavar algunos de los poderes del Estado español. Uno de los poderes del Estado español y que nos ha dado la actual Constitución es que, la representación del Estado, la ostentará la figura  histórica del rey de España y sus sucesores. Todo lo que viene en el paquete constitucional es constitucional y no cabe (porque es un trampa) desgajar la Constitución y someter a votación según que partes. Particularmente las partes que interesan a una parte. Si caemos en este juego de IU-Podemos, el lío y la inestabilidad están garantizados.  Es evidente que hay partidos que juegan a esto, a someter de nuevo a España a la inestabilidad y, en este juego sucio, les acompañan los partidos independentistas que vieron que las colonias americanas se independizaron en un momento de grave inestabilidad política en la metrópoli.
Toda mi vida he sido y soy un ferviente republicano, admirador de Víctor Pruneda y, como tal,  figura en la portada de este blog. Sin embargo, en estos momentos, valoro la figura del rey de España y la siento en consonancia con la época que nos toca vivir. Siento que el rey es honesto y cumple su cometido de “representación” con pulcritud. En los aspectos prácticos la Casa Real española es de menor gasto que, por ejemplo, el de la presidencia de la república francesa (por estar en nuestro entorno). Luego, la figura del rey “como representante del Estado”  ha dado una estabilidad a España impagable. No solamente en los asuntos cotidianos y de relaciones internacionales (cuya agenda es de grandísimo valor para los intereses de España) sino que en el pasado episodio de la DUI en Cataluña, el rey “se la jugó” en defensa de los intereses generales del Estado.
La democracia se fundamenta en dotarnos de: elecciones libres, leyes justas - jueces independientes y alternancia en el poder con gobiernos honestos y eficaces. A los españoles, todavía, nos queda parte de este camino por recorrer antes de cambiar de Constitución.