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lunes, 11 de diciembre de 2023

Diciembre2023/MIscelánea. VAYAMOS TODOS JUNTOS POR EL CAMINO CONSTITUCIONAL

CONSTITUCIÓN O MUERTE

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La historia se divide en Edades en función de quién detenta el poder en cada momento de ese tiempo concreto: Edad Media, feudalismo; Edad Moderna, monarquía absoluta y finalmente, Edad Contemporánea, en la que la soberanía reside en el pueblo. En estas estamos. La Constitución Española, votada por el pueblo español, es la forma de articular este poder popular. España aparece en este periodo (Edad Contemporánea) de forma neta con la Constitución del 19 de marzo de 1812. Desde entonces España ha transitado con mayor o menor éxito por el camino constitucional, salvo pequeñas excepciones. Porque la Constitución conforma o aglutina a una nación y garantiza las libertades políticas y sociales de un pueblo. La Constitución consagra o debe consagrar la división de poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial.

Sabemos que sin Ley no hay Libertad y que la Ley sin Justicia no vale para nada. Es pues evidente que necesitamos una Justicia independiente y libre de la tutela de los otros dos poderes (Legislativo y Ejecutivo).

El camino inmediato por el que debería transitar España es el de la separación de poderes. Tal separación exige elecciones separadas: elecciones a Presidente del Gobierno, elecciones a Cortes Generales y elección del Consejo del Poder Judicial hecha por los propios jueces.

El peligro que representa el Sanchismo (dictadura de Pedro Sánchez) radica en una vuelta al poder absoluto. Si el Ejecutivo controla el Legislativo y el Judicial estamos pervirtiendo la democracia.

Todo sistema político con garantías democráticas tiene su fundamento en que la justicia debe ser singular. No se puede juzgar a un colectivo. El ejemplo es el enjuiciamiento del terrorismo de ETA. Cada individuo fue juzgado por separado en atención a sus propias culpas o a las acusaciones que sobre él pesaban.

Pero, de pronto, se nos presenta el tema de la amnistía a los responsables del golpe de estado en Cataluña. La Constitución no pude admitir la amnistía por el sencillo principio de que la Justicia debe ser singular y el perdón, si lo hubiere, debe aplicarse tras el juicio y la sentencia. De todo ello se deduce que es absurdo debatir si la amnistía es constitucional o no. La amnistía nunca puede ser constitucional. Solamente es admisible en el tránsito de una dictadura a una democracia y, con todo, la última vez que se aplicó no se hizo correctamente al amnistiar a los presos de ETA, pues mediaban delitos de sangre.

En el siglo XIX los liberales lanzaron este grito: CONSTITUCIÓN O MUERTE. Sabían que el fundamento de su libertad estaba en la Constitución del 12. ¿Y qué es una Constitución? Nada menos que un código de leyes aprobadas por todo el pueblo y votadas en referéndum. Por esta razón, el que a estas alturas no lo tenga claro, debe hacérselo mirar. Desde luego el PSOE de Sánchez ha tomado un rumbo decidido de retorno a posiciones de hace más de 200 años. Y a este retorno al cesarismo no se le puede llamar PROGRESISMO. Progreso es mirar hacia adelante. Progreso es separación de poderes. Progreso es independencia judicial.

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