PROPUESTA
PARA UNA
Ordenanza
Reguladora de Peñas
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Este
ayuntamiento entiende como “peña” a un grupo de personas
asociadas con fines fundamentalmente lúdicos, recreativos y de
participación en las fiestas de la localidad.
Las
peñas deberán certificar si los locales ocupados son temporales o
permanentes y características de cada uno de ellos.
Se
establece la obligación de registrar la peña en las oficinas del ayuntamiento antes de las fiestas de agosto.
Documentación
necesaria:
Datos
del Representante
legal
(obligatoriamente mayor de edad).
Dirección
del local y autorización
firmada del propietario
del inmueble.
Listado
completo con nombre, apellidos y DNI de los integrantes.
Autorización
expresa de los padres o tutores de los menores de edad que formen
parte de ella.
Instalaciones
básicas:
Obligación de contar con extintor portátil revisado (eficacia
mínima 21A-113B), luces de emergencia y botiquín de primeros
auxilios.
Estructura:
Certificación de que el local es seguro (sin riesgo de
desprendimiento) y que los accesos y vías de evacuación permanecen
libres de obstáculos.
Higiene:
Disponer de agua corriente, aseo operativo y contenedores o bolsas
de basura adecuadas para evitar acumulaciones en la vía pública.
Horario
de cierre:
Limitación del ruido y del uso de reproductores de música o
charangas en el interior de los locales a partir de las 2:00 horas de
la madrugada (pudiendo ser más flexible los días oficiales de las
fiestas).
Consumo
de alcohol:
Prohibición estricta de venta o suministro de bebidas alcohólicas
a menores de 18 años dentro de los locales.
Vía
pública:
Prohibición de sacar mobiliario (sofás, barras, neveras) o
reproducir música hacia el exterior de forma que entorpezca el paso
de los vecinos.
SANCIONES
Infracciones
Leves (Multas hasta 50€):
No mantener limpio el entorno de la peña, molestias leves por
ruidos fuera de hora.
Infracciones
Graves (Multas de 50€ a 100€):
No estar inscrito en el censo municipal, almacenar material
pirotécnico o inflamable sin permiso, permitir el acceso a menores
en peñas no autorizadas.
Infracciones
Muy Graves (Multas de 100€ a 300€):
Suministro de alcohol a menores, persistencia en exceso de ruidos
tras apercibimiento policial o la clausura
inmediata del local
por riesgo de derrumbe o incendio.
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